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Decreto 22-2026 sobre extensión temporal de impuestos a combustibles: etapas del proceso e impacto

El Decreto 22-2026, aprobado por el Congreso de la República como Urgencia Nacional el pasado 22 de septiembre, establece una exención temporal de impuestos para la gasolina superior, gasolina regular y diésel, con el fin de reducir la carga tributaria sobre estos combustibles y trasladar el beneficio al consumidor final, frente al alza internacional de precios.

La medida entrará en vigencia hasta completar el trámite legislativo correspondiente y después será enviado al presidente, quien tomará la decisión de aprobar o vetar el Decreto. De ser aprobado, la suspensión de impuestos sería efectiva desde la entrada en vigencia del decreto hasta el 31 de diciembre de 2026 y sería aplicaría a los combustibles correspondientes.

Primero, el artículo 2 del Decreto establece una exención temporal del Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo (IDP) para la gasolina superior, gasolina regular, diésel y gas oil.

Y el artículo 3 contempla una exención temporal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la importación y venta en el territorio nacional de gasolina superior, gasolina regular, diésel, gas oil y alcohol carburante.

El Decreto también determina mecanismos para que el beneficio tributario quede identificado en las operaciones de comercialización, con base en el artículo 5, el cual indica que las facturas electrónicas emitidas deberán consignar específicamente la exención del IDP y del IVA aplicada; además, deberá desglosarse el valor del beneficio tributario correspondiente por cada galón despachado de gasolina o diésel.

El objetivo principal de la emisión de las facturas, es que permitirá identificar en la documentación de venta, cuánto representa la exención de los impuestos contemplados en el decreto.

Ya que el Decreto fue aprobado con carácter de Urgencia Nacional, cuenta con un plazo de dos días para la presentación de objeciones, que hasta el momento no ha sucedido, según informó la Unidad de Comunicación Social del Congreso.

Posteriormente debe pasar por un proceso de corrección y estilo para después ser enviado al Ejecutivo, lo cual podría suceder este 25 de septiembre, señaló Luis Contreras, presidente del Congreso.

Después, el presidente Bernardo Arévalo deberá decidir si sanciona la normativa para que continúe el proceso de publicación en el Diario de Centro América para que entre en vigencia o si ejerce su facultad de veto.

Declaraciones de la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia, indicaron que el Ejecutivo está trabajando en el análisis del Decreto 22-2026 con el fin de estar listos cuando llegue el proceso de sanción presidencial correspondiente y poder agilizarlo.

Así mismo, se hizo énfasis en que si bien la medida es temporal, el Gobierno reitera a la población el compromiso de cumplir y responder con efectividad para proteger a las familias y mitigar las repercusiones económicas reflejadas en sus bolsillo, derivadas del alza de combustibles.

La fecha específica para que los consumidores puedan ver reflejado el beneficio de la suspensión de impuestos, dependerá de cuándo finalice el trámite legislativo, posteriormente el proceso ante el Ejecutivo y finalmente la publicación del Decreto 22-2026, el cual establece en el artículo 12 que la normativa entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.

La aprobación del Decreto 22-2026 ha generado distintas opiniones por parte de diferentes sectores del país como grupos políticos, empresariales, comerciales, sociedad civil y en general en la población.

En la mayoría de los casos, coinciden en que al tratarse de una medida de emergencia frente a una crisis internacional que esta afectando el transporte, la producción y el costo de alimentos, no es posible a través de ésta, resolver el problema de fondo.

Algunas bancadas opinan que ninguna medida aislada puede resolver una crisis que depende de factores externos, sino que se necesitan respuestas que atiendan el impacto inmediato pero también reduzcan la vulnerabilidad del país ante nuevos aumentos y otras crisis, con base en medidas integrales.

Esto significa que es necesario generar acciones técnicamente viables para poder proteger la economía de las familias y fortalecer las instituciones que deberían estar al servicio de las personas.

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Foto: https://www.pexels.com/
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